Una trabajadora ganó 25.000 euros en una panadería para la que trabajaba a pesar de orinar en cuencos utilizados para la producción de alimentos. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictaminado que la panadería Neucroissant de Barcelona, España, actuó ilegalmente al recoger pruebas de una cámara en un probador. Las imágenes mostraban a la mujer en cuclillas, orinando en varias ocasiones en los recipientes utilizados para preparar los productos de la panadería. Neucroissant contrató a una empresa de investigación para rastrear su paradero, quienes confirmaron que se había “agachado y orinado en un cuenco”.
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Arrojó la orina en un fregadero antes de lavar el recipiente con agua, dijo la firma investigadora. Se constató que el trabajador “lo depositó junto con el resto de utensilios limpios que luego serían utilizados en actividades productivas para el consumo de los clientes”. La mujer, cuyo nombre no ha sido identificado, recibió una carta de despido mientras estaba de baja por enfermedad en 2018 y decidió impugnarla ante los tribunales. Un recurso que salió a su favor porque según la legislación española no se pueden instalar cámaras en las zonas utilizadas por el personal para el ocio y el descanso.
Filmar en lugares como vestuarios, comedores y baños es una violación a la privacidad. El tribunal también escuchó que la panadería no tenía un vestuario designado, lo que significaba que los trabajadores tenían que cambiarse en un área que también se utilizaba para la producción. También se supo que los empleados no habían sido informados sobre la instalación de cámaras CCTV. Neucroissant argumentó que la cámara era legítima porque estaba instalada en una zona de producción de alimentos. Pero el tribunal no tuvo esto en cuenta y concedió a la mujer 25.336 euros.